1º.- INTRODUCCIÓN:
Mucha
gente joven, hoy en día, desconoce los grandes logros que la sociedad española
ha conseguido después de la entrada en vigor de nuestra Constitución de 1978.
También es cierto, en un intento de comprenderlos, que ellos no tienen otra
“época” con la que compararse. Yo si.
Yo
valoro la gran transformación de nuestra sociedad, que a pesar de que no es un
mundo perfecto, si que es cierto que se notan ostensiblemente los avances tanto
en materia económica, social como en igualdad de género.
De
finales de la década de los sesenta del pasado siglo, y a pesar de la corta
edad que entonces yo tenía, puedo valorar la situación que se vivía y poder
compararla con la actual. Yo siempre he visto la edad como algo positivo y,
contrariamente a lo que muchos piensan, en caso de que fuera posible, yo jamás
volvería atrás. Cada uno tiene sus etapas en la vida y hay que saber
aceptarlas.
Cuando
hoy muchos cuestionan la Constitución española, deberían de saber que, gracias
a ella, este país se ha transformado hasta el punto que, en casi cuarenta años,
ha sido capaz de pasar de ser un país “medio desarrollado” a poder tratarse de
“tu a tu” con la mayoría de los países de nuestro entorno.
Me
gustaría recordar la situación de la mujer en España antes de la entrada en
vigor de la Constitución.
Los
duros años de la postguerra civil, años de hambre y miseria, habían separado
las labores a realizar por los hombres de los de las mujeres. Si bien es cierto
todo ello era continuidad del rol que hasta entonces habían diferenciado a los
dos sexos.
Las
dificultades para trabajar y ganar un salario justo hacían que los hombres
fueran los que salieran a trabajar fuera de las casas y las mujeres se
dedicaban a, lo que podríamos llamar, la atención del hogar. De hay viene que
muchas personas digan que los mayores machistas de siempre han sido,
curiosamente, las madres.
Las
mujeres solo tenían acceso, por lo general, a trabajos de asistencia en otros
hogares y en la agricultura.
Quiero,
cuanto menos yo, agradecer a todas esas personas mayores, independientemente
del género masculino o femenino, y que
hoy superan los ochenta años de edad, el gran trabajo que hicieron en sus vidas,
valorar las dificultades y miserias que, por lo general, pasaron. Muchas de
ellas hoy se encuentran solas.
Oigo
hablar con frecuencia de la importancia de atender y cuidar a los niños, sin
duda cierto, pero recordemos que los niños tienen futuro, esas personas a las
que me refiero tienen muchísimo pasado, viven como pueden el presente y tienen
muy, muy poco futuro. Bravo por ellos y por todo lo que nos han dado. Su
trabajo debe ser reconocido por todos, gracias a ellos hemos avanzado como
sociedad. Debemos ser, con ellos, agradecidos.
Como curiosidades de la discriminación que sufría la mujer en la época anterior a la promulgación de la Constitución Española, recordar que las mujeres, entre otras cosas, para poder tener cuenta bancaria u obtener el pasaporte, debían de contar con el permiso de sus maridos o, en caso de ser solteras, de su padre.
-AVANCES Y RETROCESOS
EN LA IGUALDAD DE GÉNERO-
2º.-
LA GRAN TRANSFORMACIÓN - DE 1978 A 2016
Es
precisamente gracias a la Constitución, esa Constitución que hoy muchos ponen
en duda, sobretodo los más jóvenes, la que ha permitido cambiar la situación de
la mujer para obtener, por fin, los derechos que como persona le corresponde,
de igual a igual.
Me
gustaría recordarles que el Título 1º, capítulo segundo, habla de los derechos
y libertades. En su artículo 14 dice lo siguiente: “Los españoles son
iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón
de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o
circunstancia personal o social”.
Para
aquellos que nacimos antes de que fuera aprobada, eso constituía un éxito que,
pocos años antes, era inimaginable. Por eso me gustaría hacer un llamamiento a
los jóvenes españoles para que sepan valorar lo que tenemos y no pongan, como
hacen algunos, tan alegremente en cuestión la vigencia de la misma. Sin duda
algunos aspectos pueden ser cambiados, hacer enmiendas, actualizarla, pero todo
ello sin que suponga perder su esencia o la anulación de la misma.
Es
precisamente ese artículo 14, el que ha permitido lo que desgraciadamente
entonces no existía, la total igualdad del hombre y la mujer, y es precisamente
ese mismo artículo el que ha permitido también que el Tribunal Constitucional,
ante un recurso del Partido Popular, declarara válido el matrimonio entre
personas del mismo sexo.
-AVANCES Y RETROCESOS
EN LA IGUALDAD DE GÉNERO-
3º.-
DEFECTOS Y EXCESOS EN LA APLICACIÓN DE LA IGUALDAD DE GÉNERO
No
todo ha sido perfecto. Si bien la aplicación del articulo 14, antes mencionado,
es muy fácil, en la práctica no lo ha sido tanto.
Los
muchísimos años pasados en situación de desigualdad, habían marcado una gran
diferencia de conceptos entre el rol masculino y el rol femenino.
Desde
la infancia, los niños y las niñas éramos separados en las aulas escolares y
los padres se encargaban de diferenciarnos a la hora de hacer tareas
domésticas. Las madres seguían educando a las niñas para ser buenas amas de
casa el día de mañana. Tampoco se las podía culpar por hacerlo, era lo que a
ellas, desde épocas muy remotas, se les había enseñado.
Afortunadamente,
hoy en día, esas separaciones ya no existen.
La
aplicación de las diferentes Leyes que aseguran la igualdad efectiva de la
mujer con el hombre, y que nadie discute, ha dado lugar a interpretaciones
erróneas de la misma, quizás en un intento de ser “más papistas que el Papa”,
muchos políticos, periodistas, personas en general… han optado por comportarse,
como decimos, en algo “políticamente correcto”. Y eso lleva a errores que se
deben corregir.
-AVANCES Y RETROCESOS
EN LA IGUALDAD DE GÉNERO-
4º.-
ERRORES EN EL LENGUAJE AL HABLAR DE “GÉNERO”
Aficionado
a los debates de opinión en la televisión o radio, hace meses escuché a un
analista político decir que él estaba totalmente en contra de la
discriminación, pero si que estaba a favor de la discriminación positiva.
Error
intolerable de un analista que se dirige a tanta audiencia. Si estás a favor de
la discriminación positiva, estás a favor de la discriminación, y punto.
La
discriminación positiva comienza desde el momento en que se intenta, por el
hecho de ser mujer, darle un trato preferencial. Eso no sería justo y además
sería contrario a la Constitución española, ya hemos hablado del articulo 14.
La
igualdad debe ser efectiva y trabajar para que así sea, pero no se puede hacer
en base a discriminar al hombre. Eso sería lo que llamamos, coloquialmente
hablando, “darle la vuelta a la tortilla”. ¿porqué el igualar, por fin, a la
mujer con el hombre debe de ir en detrimento de este último?.
La
“Ley sobre la violencia de género” debería ser una “Ley sobre la violencia
domestica”, que proteja a todos por igual. Nadie se atreve porque no es
políticamente correcto, pero se debe proteger la violencia sobre las parejas
independientemente del sexo, la violencia de los padres a los hijos, la de los
hijos a los padres. Y así un largo etcétera.
Otra
de las cosas “políticamente correctas” pero totalmente equivocadas es el
tratamiento lingüístico de género.
Con
frecuencia oímos a mucha gente, sobretodo dedicados a la política, hablar de
“los vascos y las vascas”, “los ciudadanos y las ciudadanas”, “compañeros y
compañeras”… Quieren ser tan defensores de la igualdad de género que lo que
hacen es completamente negativo.
Hace
unos días, una diputada del parlamento catalán perteneciente a la CUP y nada
sospechosa de “machismo” hacia estas declaraciones: “Nosotros, en nuestro
partido, apoyamos…y así seguía), decía “nosotros” y no “nosotros y nosotras” porque
“nosotros” ya no es identitaria de
género, sino de una colectividad que engloba a hombres y mujeres. Que quieren
que les diga, así es nuestro idioma castellano.
Uno
de los ejemplos de mal uso del idioma castellano al hablar de géneros es la
palabra “presidente”.
Los
sustantivos terminados en “nte” son invariables y su género está determinado
por el artículo. La palabra presidente significa “el/la que preside”. Ente es
“el que es, el que tiene entidad”, es decir, “el/la que tiene entidad para
presidir”. Por la tanto, una mujer que
preside algo no es “la presidenta” sino “la presidente”.
Tres
ejemplos para clarificarlo:
Se
dice “el estudiante” y “la estudiante”, no “la estudianta”.
Cuando
un locutor de radio se dirige al público en general, les dice: ¿Buenos días
oyentes y oyentas?. Por supuesto que no, oyentes engloba a los dos géneros.
Cuando
hablamos de cargos públicos, si fuera referido a mujeres, ¿deberíamos decir
“cargas públicas?”. Por supuesto que no.
Por
eso es intolerable que muchísima gente, sobre todo dedicada a la política,
cometan tantos fallos gramaticales por el hecho de hacerse los progres y
“feministas”. Eso es tan solo “palabrería”. A las injusticias contra la mujer
no se las combate solamente con “palabrería”.
Además
siempre hay variantes lingüísticas para evitar cometer el error. En vez de
decir “los ciudadanos y las ciudadanas de Canarias” se podría emplear: “la
ciudadanía de Canarias” o también “las personas de Canarias”. No olvidemos que la persona (que por cierto,
en masculino no es “el persono”) engloba tanto a hombres como a mujeres.
Si que en
cambio hay un error garrafal que viene de la Revolución Francesa y se sigue
manteniendo, es la llamada “La Declaración de los Derechos del Hombre y del
Ciudadano”, aquí si que debería ser la “Declaración de los Derechos de las
Personas y de la Ciudadanía”.
Otra
desigualdad que se mantiene es en la
sucesión al trono de España, si bien parece que está en vías de corregirse.
El artículo
57.1 de nuestra Constitución establece que, para la sucesión al Trono de
España, en el mismo grado de familia, por ejemplo entre hermanos, prevalece el
hombre a la mujer independientemente de la edad.
También es
cierto que hay una doble discriminación, la consorte del Rey titular de la
Corona tiene tratamiento de Reina, en cambio el consorte de la Reina titular de
la Corona tendría tratamiento de Príncipe.
No es
baladí hacer mención a esta cuestión. En España ha habido, con posterioridad a
los Reyes Católicos, dos reinas titulares.
El marido
de Juana I fue el Rey Felipe I y el marido de Isabel II fue también Rey,
Francisco de Asís.
Decía la
doble discriminación porque primero se discrimina al varón al no otorgarle
igual tratamiento, como consorte, que a la mujer. También se discrimina a la
mujer porque se le da el tratamiento de Príncipe para posiblemente no “hacer
sombra” a la reina. En cualquier caso, ya sea Rey o Reina, se sabe quien tiene
la titularidad de la Corona y el tratamiento que corresponde al consorte
debería ser el mismo con independencia del género masculino o femenino.
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